COBERTURA DE LAS PÓLIZAS DE SEGUROS DE DECESOS
 

Sólo la primera Aseguradora de Hogar puede ofrecer, con total garantía, el servicio más delicado

MAPFRE no se limita a cumplir con la prestación del Servicio contratado, sino que, además pone a disposición de los familiares un equipo de profesionales y un teléfono que estarán disponibles durante LAS 24 HORAS DEL DÍA, TODOS LOS DÍAS DEL AÑO, los cuales harán un seguimiento del Servicio y evitarán que se interrumpa la intimidad familiar.

Es un concepto nuevo y moderno del SEGURO DE DECESOS, que se distingue, especialmente, por su Servicio Personalizado a través de la figura del COORDINADOR DE SERVICIOS, persona de MAPFRE que estará a disposición de los familiares desde el primer momento.

 

DECESOS

· Sin plazo de carencia.

· Prestación del Servicio contratado de inhumación o incineración.

· La prestación de los Servicios se realizará por las Empresas que MAPFRE haya seleccionado y siempre de acuerdo con las costumbres locales.
· El capital asegurado corresponderá a los costes funerarios de la localidad, y anualmente se revalorizará para que no pierda su valor real.

· Traslado desde el lugar del fallecimiento al de inhumación.

· Gastos necesarios y de carácter extraordinario dentro del territorio nacional.

· Gestión de Servicios para familiares no asegurados.

· Conexión con proveedores funerarios en España.

· Orientación Jurídica (consulta telefónica) de cuestiones relacionadas con el fallecimiento de un asegurado.

· Españoles residentes en el extranjero.

· Traslado desde el país de residencia hasta la localidad designada en el territorio nacional.

· Extranjeros residentes en España.

· Traslado desde España al aeropuerto más cercano a la localidad designada en el extranjero.


ACCIDENTES

· Este Seguro ampara los accidentes personales que pueda sufrir el Asegurado durante el desarrollo de cualquier actividad de su vida profesional o privada.

· En cualquier lugar del mundo, durante las 24 horas del día. Anticipo, en caso de fallecimiento, del 25% de la suma asegurada para gastos urgentes.

· La Invalidez Permanente se indemnizará conforme al baremo incluido en la póliza.


ASISTENCIA EN VIAJE

· Gastos de curación y estancia.

· Traslado o repatriación.

· Localización y salvamento.

· Gastos de acompañante, tanto por enfermedad como en caso de fallecimiento.

· Robo por extravío del equipaje.

· Envío de medicamentos.

· Anticipo de fondos en el extranjero.

· Transmisión de mensajes urgentes.

· Etc...